Al Buque
USD/m. eslora/día | ||
Uso de Zona de Fondeo | 0,85 |
Nota: Se exonera de esta tarifa a los buques de bandera paraguaya que operen en el Puerto de Montevideo hasta el 31/12/2023.
TABLA 1 - TARIFAS GENERALES | U$S/mts. eslora/hora | |
Muelles de Pesca y Muelle N° 10 | 0,07 | |
Muelle Florida , Dique de Ribera y Muelle Punta Sayago | 0,11 | |
Muelles Maciel y Fluvial | 0,21 | |
Atraques Nº 1 - Nº 2 y Cabecera Muelle A | 0,58 | |
Atraques Nº 3 - Nº 4 - Nº 5 | 0,73 | |
Atraques Nº 6 - Nº 7 y Cabecera Muelle B | 0,58 | |
Atraques Nº 8 y Nº 9 | 0,73 | |
Atraques Nº 10 y Nº 11 | 0,44 | |
Muelle C - Portacontenedores de ultramar (*) Muelle C - Graneleros de ultramar (**) Muelle C - Resto de las categorías |
5,16 2,50 0,73 |
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Notas: |
1 - Los buques abarloados o atracados a la mediterránea abonarán el 65% de la tarifa general. |
2- Los buques de bandera nacional y de bandera paraguaya abonarán el nivel tarifario equivalente a Uso de Zona de Fondeo (USD 0,85/m. eslora/día), durante el tiempo de cada escala en el que dichas embarcaciones permanezcan sin operar, aplicándose durante el tiempo efectivo de operación, la tarifa de Uso de Muelle correspondiente al atraque en el que estén ubicadas las mismas. |
3- (*) Para buques portacontenedores que deban ser decretados al Muelle C por encontrarse ocupado el Muelle 3, 4 y 5, o al amparo del artículo 26° del Reglamento General de Atraque de Buques, se le aplicará el nivel tarifario de USD 0,73/m. eslora/hora. |
4- (**) Este tipo de buques abonará la tarifa de USD 0,73/m. eslora/hora, en los casos donde el representante del buque, al anunciar la escala, comunique que la operativa a desarrollar es diferente a la categoría del buque que figura en el Lloyd´s Register of Shipping, en los términos establecidos en el Artículo 10 del Reglamento General de Atraque vigente del Puerto de Montevideo. De corresponder, también se realizarán los ajustes correspondientes a dicho cambio de categoría en la tarifa de Uso de Puerto. |
5- (**) Estos buques, cuando operen cargando chips en el Muelle C, abonarán la tarifa de USD 0,80/m. eslora/hora. |
6- Los buques que no encuadren dentro de las categorías citadas en la tabla 2, abonarán la tarifa general que corresponda de acuerdo a lo expuesto en la tabla 1 o en las notas asociadas a la misma (USD/m. eslora/hora). |
7- Los buques de bandera Argentina provenientes de Rosario abonarán la tarifa de USD 253,55/nave/día, durante el tiempo de cada escala en la que permanezcan sin operar. |
TABLA 2 - TARIFAS ESPECÍFICAS POR CATEGORÍA | U$S/nave/día |
Tráfico Interior o de Bahía (*1) | 7,05 |
Embarcaciones de servicio con base en puerto (*2) | 14,08 |
Buques bandera nacional- Atraque precario sin operar | 91,56 |
Pesquero bandera nacional- Atraque precario muelles comerciales | USD 7,04/nave/día |
Pesqueros bandera extranjera- Atraque precario muelles comerciales | 253,55 |
Buque Tanque- Fondeo o Muelle sin Operar | 56,34 |
Remolcadores y lanchas de tráfico no incluidos en (*1) ni en (*2) | Tarifa máxima de USD 45/día |
USD/TRB/Entrada | ||
Portacontenedores, Ro-Ro, Reefers, Carga General | 0,20 | |
Petroleros, Graneleros, Cabotaje, Cruceros, Otras Categorías | 0,17 | |
Pesqueros, Guerra | 0,14 | |
Buques con TRB < 500 |
U$S 70,43/entrada o U$S 493,01/mes
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Remolcadores y embarcaciones de tráfico interior o de bahía - No aplicable |
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Buques de tráfico fluvial de pasajeros - No aplicable
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Notas: 1. Esta tarifa está exonerada a los buques pesqueros de bandera nacional hasta el 29/02/2024. 2. Se descontará mensualmente USD 5 por contenedor, a los trasbordos de origen Paraguay por Armador. Desde el 01/11/2023 al 30/01/2024 |
Última actualización: 27/11/2023