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S​​​​​​​e celebró el Día del Trabajador Portuario y el 105 Aniversario de ANP

Este  21 de julio la Administración Nacional de Puertos celebró los 105 años de aprobación de la Ley Nº 5.495 del año 1916.

A partir del año 1941, por iniciativa de la Asociación de Funcionarios Portuarios (AFP), se toma como referencia el 21 de julio para celebrar el Día del Trabajador Portuario.

A partir de la Ley de Puertos Nº 16.246 de 1992 los trabajadores privados se suman a la fecha.

A partir de la aprobación de la Ley 19.722  del 21 /12/18, el 21 de julio fue declarado feriado para todos los trabajadores de los puertos del Uruguay.

Es así que los portuarios en su totalidad han tomado esta fecha como propia durante décadas y la recuerdan todos los años.

El homenaje incluyó los siguientes eventos:

Ofrenda floral en homenaje a los funcionarios fallecidos en el Panteón de ANP en el Cementerio Central.

Izado del pabellón y banderas frente al Edificio Sede.

Ofrenda floral en homenaje al prócer José Gervasio Artigas.

Mensajes alusivos a la conmemoración del presidente de ANP, Juan Curbelo, el vicepresidente, Daniel Loureiro, la directora vocal, Alejandra Koch y la representante del SUPRA, Vanessa Peirano.

Entrega de obsequios institucionales a funcionarias y funcionarios que cumplen 25 y 40 años de labor en la Administración.

Día del Portuario

Un poco de historia.

El 8 de marzo de 1916 el Poder Ejecutivo envió un Mensaje a la Asamblea General firmado por el presidente Feliciano Viera y su ministro de Obras Públicas, Santiago Rivas. Establecía que el proyecto de ley propuesto respondía al propósito de dotar a la Administración del Puerto con los medios necesarios para atender a todas las operaciones relativas al movimiento comercial y marítimo de Montevideo.

La ley, a pesar de algunas voces contrarias, fue aprobada el 21 de julio de 1916.  Su primer Directorio fue presidido por Alfredo Labadie y sesionaron en el edificio ubicado en Piedras e Ituizangó

Dispuso en su primer artículo la creación de la Administración Nacional del Puerto de Montevideo (ANPM), la que estaría a cargo de un Directorio de nueve miembros; cuatro de ellos serían permanentes: el Capitán General de Puertos, el Director General de Aduanas, el Director del Puerto en la parte administrativa o de tráfico y el Director del Puerto en la parte técnica o de conservación y obras nuevas.

El presidente y los cuatro vocales elegibles, serían designados por el Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado. 

Quedaban a su cargo: todos los servicios de embarque o desembarque directo, la remoción y transporte de las mercaderías una vez desembarcadas; los servicios de lanchajes, remolques y otras operaciones de carácter comercial; los servicios de salvamento; la construcción o adquisición de obras; y la concesión de permisos para nuevas empresas de servicios portuarios.

El 25 abril de 1933, por Decreto-Ley se instituye la Administración Nacional de Puertos sustituyendo a la ANPM y la CFOPM.

El 3 de mayo de 1933, por Decreto-Ley se incorporó la Dirección Puerto de Montevideo a la ANP, a la cual se le encomendó la administración de todos los puertos de la República y debió asumir las funciones que cumplían la CFOPM y la DPM.

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